FO.PE.CAP.

(Fondo de Capacitación y Recalificación Laboral)


Serán funciones de la Comisión de Administración del Fondo:


a) Contribuir con la identificación de las necesidades y demandas de formación y capacitación del personal comprendido, derivadas tanto de su desempeño laboral como de los objetivos y líneas de acción establecidas por las jurisdicciones y entidades descentralizadas.


b) Colaborar con la formulación de líneas de capacitación orientadas a preparar y/o fortalecer las capacidades laborales del personal para la utilización más efectiva de las nuevas tecnologías de gestión requeridas por las dependencias.


c) Programar, coordinar y evaluar acciones de capacitación y acompañamiento del personal alcanzado por el supuesto previsto en el artículo 26 del presente convenio, pudiendo ejecutar con esta finalidad, acciones por sí o por terceros.


d) Promover y apoyar a la elaboración, ejecución y/o evaluación de programas de capacitación que desarrollen o fortalezcan competencias laborales requeridas para el desempeño efectivo de distintos puestos de trabajo y facilitar la movilidad funcional de los
agentes y su correspondiente profesionalización.


e) Administrar los recursos financieros que se le asignen en función de las funciones precedentemente establecidas.


f) Dictar las regulaciones para la asignación de los recursos a las actividades de capacitación que se aprueben.


g) Publicar con frecuencia no inferior a un trimestre en la correspondiente página WEB, el
detalle de las actividades aprobadas y en curso, y de la utilización y destino de los recursos
puestos a su disposición.


h) Dictar su reglamento interno de funcionamiento.



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