La C.I.O.T. es la Comisión de Igualdad de Oportunidades y de Trato que se constituye por el artículo 125 del Convenio Colectivo de Trabajo General del Sector Público Nacional homologado por el Decreto No. 214/06.
Velar por el cumplimiento del principio de no discriminación.
Monitorear, detectar y corregir cualquier acción que menoscabe o vulnere la dignidad de las/os trabajadores en detrimento del ejercicio pleno de sus derechos.
Garantizar acciones tendientes a la erradicación de la violencia laboral en cualquiera de sus formas.
Impulsar y promover el desarrollo de planes de igualdad de oportunidades y de trato en todo el ámbito del sector público comprendido en el presente convenio colectivo de trabajo general.