
El Gobierno de Catamarca informó que el proceso administrativo para toda la Administración Pública Provincial —tanto la administración central como los organismos descentralizados— se extenderá desde el 22 de diciembre de 2025 hasta el 31 de enero de 2026 .
La medida, oficializada por decreto, establece además que los días comprendidos en el receso serán inhábiles para el cómputo de términos procesales , aunque se mantendrán vigentes los actos administrativos y los vencimientos relacionados con declaraciones juradas y pagos ante ARCAT.
Durante este período se otorgará la Licencia Anual Ordinaria 2025 al personal de la administración pública, conforme a la normativa vigente. No obstante, se aplicarán excepciones:
Guardias mínimas: El personal indispensable para garantizar servicios esenciales podrá ver suspendida temporalmente su licencia por disposición de la autoridad de cada organismo.
Áreas críticas: Quedan exceptuados de la licencia sectores de los ministerios de Hacienda y Obra Pública; Agua, Energía y Medio Ambiente; y Vivienda y Urbanización, especialmente quienes cumplen tareas de mantenimiento, servicios esenciales y obras en ejecución.
Agentes con 35 días de licencia: Comenzarán su licencia el 29 de diciembre .
Licencias acumuladas: Los trabajadores con licencias pendientes deberán tomar en primer término la más antigua, a partir del 22 de diciembre .
Asimismo, áreas como Seguridad, Defensa Civil, Salud y otros servicios esenciales deberán implementar el esquema de guardias previsto en la normativa vigente.
Los trabajadores del sector docente se ajustarán al calendario escolar establecido por el Ministerio de Educación.
En cuanto a agentes ingresantes o reingresantes, podrán acceder a la licencia anual siempre que alcancen al menos seis meses de servicio efectivo antes del 31 de diciembre.
Los beneficiarios de becas y planes de empleo no deberán concurrir a sus lugares de prestación durante el receso. Cada organismo definirá los días correspondientes a cada beneficiario dentro de ese período.
Finalmente, el decreto instruye a los titulares de organismos a mantener la carga horaria habitual y no implementar horarios reducidos durante la vigencia del receso administrativo.