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Acción Gremial

FIN PARA LAS SUMAS EN NEGRO, EN LOS SALARIOS DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS.

 07/06/2013   821
El estado rionegrino debe cumplir con los aportes previsionales en la totalidad de las sumas no remunerativas en aquellos agentes dentro de los 10 años para jubilarse. La Cámara del Trabajo de Viedma exigió así el cumplimiento de la ley 4.640, sancionada en abril del 2011, destinada a la incorporación de todos los adicionales como sumas remunerativas sujetas a aportes en los agentes con 50 años para las mujeres y 55 años para los hombres. En realidad, el reclamo judicial fue promovido por un agente del Idevi, aunque su cumplimiento general conforma un recurrente tema de análisis del gobierno de Río Negro. Obligación del Estado El argumento de la Cámara laboral fue expuesto por Jorge Bustamante, respaldado por Eduardo Roumec y Ernesto Rodríguez. El juez afirma que "promulgada, la ley otorga el derecho al empleado" y "nace la obligación del Estado". En otra parte, el fallo resalta que "no puede encontrarse razón" cuando el gobierno provincial se defiende con la "falta de previsión presupuestaria para cumplir con los deberes impuestos por la ley 4.640". Luego, el tribunal insiste en que la ley "no puede utilizarse en forma caprichosa para consagrar derechos que serán después olvidados, postergados o, directamente, desechados por las autoridades gubernamentales. No puede caber jamás a la autoridad de una república menospreciar la ley, puesto que en ninguna otra cosa descansa su propia y legítima autoridad de gobierno". Incluso, el fallo recuerda que la implementación de la ley se dejó "en cabeza del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos" (Economía), aludiendo la "responsabilidad de tipo administrativo e inclusive posiblemente penal, sin dejar de lado la responsabilidad política y la del Estado por incumplir con lo dispuesto normativamente". Agrega que el "incumplimiento de una obligación por parte de un organismo, de un funcionario provincial, no puede repercutir en detrimento de los derechos del empleado público". ( Fuente Río Negro) 
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