Capacitación

El CDN de Upcn capacitó a delegados sobre Convenio Colectivo.

 05/10/2016   1043

Convenio Colectivo de Trabajo capacitacióna delegados

El Consejo Directivo Nacional de la Unión delPersonal Civil de la Nación, capacitó a más de cincuenta delegados del interiory capital de Seccional Jujuy sobre ConvenioColectivo de  Trabajo.

La compañera Mariana González del CDN tuvo a sucargo dicha capacitación que se realizó el 27 de setiembre pasado eninstalaciones de Seccional Jujuy.

Al iniciar la jornada la Secretaria Adjuntacompañera Miriam Cosio dio la bienvenida a todos los delegados presentes, transmitiéndolesun mensaje del Secretario General de la Seccional compañero Luís HoracioCabana, quien por su actividad como diputado provincial no pudo estar presente,instándoles a aprovechar al máximo la capacitación.

Durante el desarrollo de la jornada trataron :Definición de Convenio Colectivo. Ventajas del Convenio Colectivo. Qué senecesita para realizar un Convenio Colectivo de Trabajo. Ley Nacional Nº24.185. Tipos de Negociación. Ámbito de aplicación. Quienes pueden negociar.Quienes quedan excluidos. Homologación. Vigencia. Ultractividad.  Materias de negociación. Restricciones denegociación en el Convenio. Comisiones Paritarias, Papel del delegado en elConvenio Colectivo.

Es el acuerdo celebrado entre los representantes delos trabajadores, por una parte, y los empleadores, por la otra, en el cual seestablecen condiciones generales de trabajo y se fijan derechos y obligacionesy al que la autoridad de aplicación, le otorga fuerza obligatoria mediante elacto oficial de la homologación.

Es un  acuerdoentre partes quienes se encuentran en pie de igualdad negociando como pares lasrelaciones laborales del personal comprendido en una negociación colectiva, quepuede ser de carácter general o sectorial.

La ventaja es que son los propios trabajadores yempleadores quienes intervienen en la discusión y elaboración de las normas, locual significa que conocen mejor que nadie los temas que van a debatir, comoasí también de qué manera  y en quémedida pueden incorporarse beneficios sociales que respondan a las necesidadesde los empleados y que sean compatibles con el interés de ambas partes.

Por eso la importancia del delegado antes, y despuésde la firma de un Convenio Colectivo. Antesporque debe recoger y hacer llegar a la institución Gremial todas lasinquietudes y sugerencias de los trabajadores. Una vez celebrado conocerlo detalladamente, informar a sus compañeros y controlar  que se cumpla.

Una vez acordado el Convenio Colectivo la autoridadde aplicación debe homologarlo y en el plazo de 10 días de registrado publicarásu texto. Publicado por cualquiera de las partes vencido dicho  término tendrá efectos legales.  La ultractividad,significa que un Convenio vencido continuará en vigencia, hasta que otro losustituya.  

Quienes pueden negociar: El artículo 31º de la Ley de AsociacionesSindicales Nº 23.551 destaca los derechos exclusivos de una entidad sindicalcon personería gremial, indicando en el inciso c) ? Intervenir en negociacionescolectivas?? UPCN tiene la personería gremial número 95 de 1.948.

Negociación Colectiva  es un derecho fundamental de los trabajadores,herramienta vital para lograr la democratización de las relaciones laborales. Anivel nacional se rige por la Ley 24.185 sancionada el 11 de noviembre de 1.992;en   Jujuy en el año 1993, la legislatura de laProvincia adhirió a dicha ley a través de la Ley Nº 4679, la que fue vetadaparcialmente y el año pasado sancionaron la Ley Nº 5863, que sería modificadapor otra, de acuerdo a lo dispuesto por las actuales autoridades.

UPCN representa a toda la administración públicanacional, provincial y municipal en todo el territorio argentino. Siendo materiasde negociación en el Estado: Aspectos generales del convenio colectivo, suarticulación, negociación colectiva de los niveles sectoriales, estabilidad,modalidades de contratación, extinción de la relación laboral, licencias,justificaciones, jornada laboral, igualdad de oportunidades y de trato entremujeres y varones, políticas activas contra toda forma de discriminación,remuneración, suplementos adicionales, incentivos, horas extras,compensatorios, indemnizaciones, plazos de pagos, refrigerio, salas maternales,comedores, medio ambiente laboral, exámenes preocupacionales, accidentes detrabajo, prevención, reconocimiento gremial, aporte solidario, representaciónsindical, conflictos colectivos, derecho de huelga, conciliación, licenciasgremiales, derecho a la información, carrera laboral, promociones, capacitaciónpermanente, becas, entre otras.

No se puede negociar: Estructura orgánica de laAdministración Pública, Provincial y Municipal. Facultades de dirección delEstado. Principio de idoneidad ingreso y promoción. Materias con contenidoeconómico deberán sujetarse a la ley de presupuesto o a sus pautas.

Quienes quedan excluidos: Autoridades superiores.Fuerzas Armadas y de Seguridad. Diplomáticos. Clero. Autoridades de organismosdescentralizados. Personal convencionado.

 Durante el desarrollo de la temática los compañeros delegadosexpusieron distintas situaciones de sus lugares de trabajo, con granparticipación y debate. En horas de la tarde se realizó un taller con laformación de varios grupos que volcaron sus conclusiones.

CONVENIO COLECTIVO? Esuna herramienta de progreso muy positiva para la justicia y la dignidad deltrabajador? Andrés Rodríguez, Secretario General del Consejo DirectivoNacional de Upcn.

El Consejo Directivo Nacional de la Unión delPersonal Civil de la Nación, capacitó a más de cincuenta delegados del interiory capital de Seccional Jujuy sobre ConvenioColectivo de  Trabajo.

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