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03/02/2011

Conozcamos un poco más a la estructura del Estado: AFSCA

LogoArgentina, País joven, que acaba de festejar en 2010 su Bicentenario. País rico en historias, en el cual se han probado las más diversas experiencias económicas y políticas que fueron configurando a la estructura del Estado Nacional de diversas maneras.

Situados en el 2011, se puede afirmar que estamos en una configuración de fuerte presencia del Estado en el mercado, y por ello su estructura es muy amplia. Son muchos los organismos que lo componen, pero conozcamos uno de ellos: la AFSCA.

¿Qué es la AFSCA?

Sus siglas significan: Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual. Es un organismo estatal descentralizado y autárquico en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional que tiene como principal función la aplicación de la Ley de Medios Nº 26.522. Esta Ley sancionada en 2010, deroga la anterior Ley de Radiodifusión, y con ello reemplaza al Comité Federal de Radiodifusión, organismo que se encargaba de aplicar la anterior legislación. La AFSCA Posee plena capacidad jurídica para actuar en los ámbitos del derecho público y privado. Su patrimonio estará constituido por los bienes que se transfieran y los que se adquiera en el futuro por cualquier título. Tiene su sede principal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y delegaciones en el interior, al menos 1 en cada provincia o región de ellas.

¿Cómo están configuradas las relaciones laborales del Organismo?

Entendiéndose a relaciones laborales como aquellas que se establecen entre el trabajo y el capital en el proceso productivo reguladas por marcos normativos, se puede describir por rango de jerarquía la normativa que la rige: Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional, su Decreto reglamentario 1421/2002; Convenio Colectivo General de Trabajo Decreto 214/2006; Convenio Colectivo Sectorial Sistema Nacional de Empleo Público Decreto 2098/2008.

La modalidad de empleo es a través de las siguientes situaciones de revista: Personal Permanente, Personal Transitorio no Permanente, Contratos especiales, Pasantes.

¿Qué son los Convenios Colectivos?

Son acuerdos normativos, dentro de la ley que los regula, a la que llegan la parte empleadora y la parte sindical del sector que representan. Estos acuerdos tienen fuerza de aplicación que les confiere un Decreto para la actividad que reglamentan. Los Convenios Colectivos solo pueden mejorar la posición o derechos que les otorga la Ley a los trabajadores.

La Ley 25164 explícita los derechos y obligaciones. A través de los Convenios Colectivos General de Trabajo y el SINEP se han configurado los regímenes de selección del personal, la estructura de la carrera administrativa, y se ampliaron derechos laborales.

¿Qué implica ser Personal Permanente o No Permanente para la Ley?

El Personal Permanente es aquel que ingresa a la carrera administrativa a través de procesos de Concurso y selección regulados por la normativa vigente al momento del ingreso. Posee la permanencia salvo que surjan algunas de las causas enunciadas en el artículo 42 de la Ley 25164. Al transitar la carrera administrativa, goza de todos los beneficios e incentivos otorgados en los Convenios Colectivos General de Trabajo y el Convenio Colectivo Sectorial SINEP.

El Personal No Permanente es aquel que ingresa a través de contratos previstos en el artículo 9 de la Ley 25164 y reglamentadas las pautas de aplicación a través resolución 48/2002 de la Secretaria de la Gestión Pública. No posee permanencia, debiéndose renovar su contrato cada año. Otra limitante impuesta es que al ser personal temporario, no posee carrera administrativa. Al respecto la Ley aclara que dicho personal solo será equiparado en los niveles y grados de la Planta Permanente y percibirá la remuneración de conformidad con la correspondiente al nivel y grado respectivo. El hecho de que un agente no posea carrera administrativa significa, por ejemplo, que si es profesional (graduado con una carrera de grado de al menos 4 años de duración y cuyo título tenga que ver con la tarea que realiza) no pueda acceder al Agrupamiento Profesional creado en el SINEP, lo que en términos prácticos lo impide de percibir un 35% más de su remuneración.

La realidad del Estado fue variando mucho a lo largo de la historia, y con ello el tipo de relaciones laborales, en la AFSCA y los demás organismos que componen a este "Gran Pulpo". En notas posteriores se seguirá ampliando la historia, para poder comprender donde estamos parados los empleados estatales.

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RODRIGUEZ CUENCA WALTER DARIO

DELEGACION AFSCA