Acción Gremial

COCINERAS Y COCINEROS :¿Porqué luchábamos por su salida de la condición de suplente?

 20/08/2014   4042
Con la estabilidad para los 732 trabajadores de comedores no solo se produce una reivindicación laboral sino también trae aparejados mejoras en la calidad de empleo que no estaban instituidas para un sector tan importante de la Administración Pública.

Cuando UPCN, por varios años, se propuso junto a las cocineras suplentes luchar para que el Gobierno les reconozca su laboral otorgándole la estabilidad después de tantos años de tareas cumplidas, no solo se aspiraba a un cambio en la situación de revista de este sector sino a la adquisición de derechos indiscutidos. Al concretarse este primer objetivo para un grupo importante de cocineras, por medio del Decreto 1241/14, no solo se logró el cambio en su relación laboral con su empleador sino que además existen derechos que les son comunes a todos los empleados públicos entrerrianos.

El gremio considera importante que conozcan cuales son los derechos como empleados públicos para poder defenderlos. En este sentido, es necesario informarse acerca del régimen de licencia del escalafón general, punto sumamente fundamental debido a que existen algunas instituciones gubernamentales que se acostumbraron tanto a un régimen precario para este sector que todavía no pueden aceptar que dichas trabajadoras tienen derechos adquiridos.

En este sentido, quienes obtuvieron la estabilidad mediante decreto 1241/14 también visualizaron cambios en su recibo de sueldo y códigos -tal como informamos en la edición anterior de Enlace Sindical- a esto se le debe incorporar el sistema de licencias que rige a los empleados públicos provinciales de acuerdo al decreto 5703/93.

Las cocineras que revistaban como suplentes contaban únicamente con una licencia por enfermedad por 20 días sumado a las licencias correspondientes por maternidad y lactancia.

Ahora se entiende que el personal de Comedores dispone de una licencia anual para descanso con goce de sueldo que varía de acuerdo a la antigüedad de trabajador (VER RECUADRO). La misma es de uso obligatorio, no se puede acumular ni postergar. Según la normativa, para gozar de la licencia, "se necesita acreditar un (1) año de servicios en la Administración Pública Provincial".

En este punto, es importante que las cocineras corroboren en su recibo de sueldo que la información sobre antigüedad no sea errónea, dado que de acuerdo a los años trabajados les corresponde la cantidad de días de licencia.

Además, las agentes cuentan con una licencia por cuidado de familiar enfermo o accidentado de hasta cinco día continuos o discontinuos. El decreto considera grupo familiar a "cónyuge, hijos matrimoniales y extramatrimoniales, a cualquier otro pariente a cargo por decisión de autoridad competente y a los mejores con tenencia para adopción, acordada igualmente por autoridad competente".

Días por estudio, donación de sangre, duelo, matrimonio, adopción, son algunas de las licencias con que cuentan las cocineras y cocineros que obtuvieron recientemente la estabilidad. Quienes deseen realizar alguna consulta, pueden dirigirse a la Sede Gremial -Santa 463, Paraná-, en las Delegaciones en la Provincia o con los delegados.


LICENCIAS (DECRETO 5703/93)
ANUAL
De 1 a 10 años > 15 días
De 10 a 15 años > 20 días.
De 15 a 20 años > 25 días.
Más de 20 años > 30 días.
CUIDADO DE FAMILIAR ENFERMO
Hijos mejores de 12 años > 10 días.
Hijos mayores de 12 años > 5 días.

ESTUDIO
20 días o fraccionados no superiores a 5 días corridos.

POR ADOPCIÓN
30 días hábiles.

POR DUELO
6 días corridos por cónyuge, padres e hijos.
4 días corridos por hermanos y abuelos consanguíneos.
2 días corridos por abuelos, hermanos e hijos políticos.
1 día por tíos y sobrinos.

POR MATRIMONIO
10 días corridos con goce de sueldo.

POR DONACIÓN DE SANGRE
1 día laborable siempre que se presente la certificación correspondiente.
Para mayor información acercate a la Sede Gremial, Delegaciones o con los delegados.

Nota publicada en la Revista Nº 35 Enlace Sindical

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