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Nuevo DNI. Formato Tarjeta

 13/06/2012   1418
El salto cualitativo del DNI Formato Tarjeta que se instaura en toda la República Argentina tiene como fundamento razones de orden práctico y de seguridad, ya que incorpora nuevas tecnologías tendientes a evitar su adulteración o falsificación. (*)

En el marco del proceso de modernización y actualización tecnológica que protagonizan la Nación y las Provincias en materia de identificación del potencial humano nacional, se viene desarrollando una tarea de trabajo mancomunado y articulado entre las distintas jurisdicciones que hoy demuestra un avance más, el nuevo DNI formato tarjeta, como una medida que refuerza la "sintonía fina" en las políticas de estado implementadas en la materia.

En tal sentido, a partir del dictado de la Resolución N°797/2012 del Registro Nacional de las Personas dependiente del Ministerio del Interior se establece que a partir del 16/04/2012 se emitirá el Documento Nacional de Identidad exclusivamente en formato tarjeta (cédula) para todas las personas de existencia visible que se domicilien en territorio argentino o en jurisdicción argentina y a todos los argentinos sea cual fuere el lugar  donde se domiciliaren.

Este es el producto del proceso de tecnificación por el cual se comenzó a reemplazar la libreta del Documento Nacional de Identidad por una tarjeta plástica semejante a una credencial.

Desde sus orígenes los antecedentes de la libreta de papel estuvo asociada a la falta de desarrollo tecnológico, al servicio militar obligatorio -de allí Libreta de Enrolamiento (LE) para los hombres- y a los procesos de sufragio vigentes en cada época -empadronamiento electoral-.

El salto cualitativo del DNI Formato Tarjeta que se instaura en toda la República Argentina tiene como fundamento razones de orden práctico y de seguridad, ya que incorpora nuevas tecnologías tendientes a evitar su adulteración o falsificación, resguardando de este modo su calidad esencial de documento público que acredita identidad en todo supuesto que sea requerido, en los términos de la Ley Nacional N° 17.671.

Ahora bien, debemos advertir que la instalación de esta Tarjeta plástica generará inevitablemente cambios estructurales en la legislación vigente que regula el sistema electoral (Código Nacional Electoral, Ley N° 19.445) ya que simultáneamente con el lanzamiento de este nuevo DNI el Poder Ejecutivo Nacional giró un proyecto al Congreso -que en la actualidad ya es ley- con el objeto de reformar dicho régimen electoral, fundamentalmente en lo que refiere a la constancia de emisión del voto de cada ciudadano  que participe en los comicios en  cumplimiento de su derecho-deber cívico y político.

En este orden de ideas, la referida ley establece un sistema de padrón electoral con troqueles que permiten que cada ciudadano guarde en su poder una constancia de emisión válida de su voto, ya que el mismo se dejará de acreditar estampando un sello y firma de las autoridades de mesa, lo cual se reforzará con el control de la emisión del voto mediante un registro en soporte digital. Ello simplificará notablemente los procesos de votación, facilitando su desarrollo.

¿Qué pasa con los DNI anteriores?
Es necesario advertir que tanto el DNI en formato Libreta (sea color Verde o Celeste) como las Libretas Cívicas y de Enrolamiento, seguirán teniendo plena validez identificatoria en cada supuesto que sea necesario acreditar identidad, con la limitación de que en el caso de la Libreta Cívica y de Enrolamiento su validez se limita al territorio nacional, por lo que se requiere que sean renovadas solo en el caso de que el ciudadano necesite viajar al exterior.

La validez plena de la documentación nacional de identidad anterior a esta nueva cédula plástica se establece enfáticamente en el artículo 4° de la Resolución N° 797/12 RNP.

Es decir que cada ciudadano podrá votar en las elecciones legislativas de 2013 como en las presidenciales de 2 015 con el documento que posee, sea en la versión actual o en las anteriores, siempre que se encuentre en buen estado de conservación.

En efecto, con el nuevo DNI el ciudadano podrá realizar cualquier acto eleccionario tanto a nivel nacional como provincial. En ellos, de ahora en más, se instaurará un sistema de código de barras y la mesa receptora de votación entregará al sufragante un ?troquel? como certificado de haber realizado el sufragio.

(*) Nota publicada en la Revista Nº 16 Enlace Sindical
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